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Documentos y normas de utilización de control y seguimiento de pequeñas cantidades de residuos peligrosos - acicla-nueva
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Documentos y normas de utilización de control y seguimiento de pequeñas cantidades de residuos peligrosos

La cumplimentación de estos Documentos es necesaria para los pequeños productores de residuos peligrosos, nuestra empresa tramita esta documentación para que cumplan con la ley de residuos peligrosos. Se pueden retirar residuos a un pequeño productor con la solicitud de inscripción en el registro de pequeños productores en trámite, rellenando en el DCS, en el lugar que ocuparía el número de autorización del registro de productor, con las palabras “en tramite”.

Los tramites de incripción en el registro de pequeños productores de residuos tardan más de 3 meses en autorizarse.

Documentos y normas de utilización de control y seguimiento de pequeñas cantidades de residuos peligrosos

Comunidad de Madrid

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.

CONTROL Y SEGUIMIENTO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE RESIDUOS

DOCUMENTOS:

– JUSTIFICANTES DE ENTREGA DE RESIDUOS.

– HOJA DE CONTROL DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE RESIDUOS.

– DOCUMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS.

 

. Los formularios deberán rellenarse a máquina o a mano, en cuyo caso se rellenará a tinta y con letra de imprenta; no deberá llevar enmiendas, tachaduras no otras modificaciones.

. Las fechas se indicarán con un número de seis cifras, de las cuales las dos primeras indican el día, las dos siguientes del mes y las dos últimas el año.

. Las firmas deberán ser manuscritas.

. El sello deberá ser claramente legible y contener como mínimo la razón social y la dirección completa del centro.

 

NORMAS DE UTILIZACIÓN

La «Orden 2029/2000, de 26 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se regulan los impresos a cumplimentar en la entrega de pequeñas cantidades del mismo tipo de residuo» (BOCM. núm. 132 del 5 de junio de 2000), regula, en el ambito de la Comunidad de Madrid, la forma en que deberá documentarse la recogida itinerante de un mismo tipo de residuo generado en, al menos, dos centros productores y realizada por un único transportista, siempre que la cantidad de cada una de las entregas no supere el metro cúbico (1m3) de capacidad.

La Hoja de Control de Pequeñas Cantidades y el Justificante de Entrega no se utilizarán cuando la entrega de residuos se efectúe entre gestores de residuos.

A) procedimiento a seguir:

– Cuando el transportista autorizado efectúe la retirada del residuo, entregará a los responsables de los centros productores el «justificante de Entrega de Residuos», debidamente cumplimentado por el gestor que adquiera la titularidad de residuo y por el transportista.

– El transportista rellenará con los datos de cada justificante de entrega, las casillas correspondientes de la «Hoja de Control de Pequeñas Cantidades de Residuos», y la persona responsable del centro productor cumplimentará en la casilla del reverso de la hoja de control: la fecha de retirada, el nombre y firma del responsable de la entrega del residuo y el sello del centro productor con los datos solicitados.

– La transferencia de titularidad de los residuos contemplados en la «Hoja de Control de Pequeñas Cantidades de Residuos», se documentará mediante la cumplimentación del «Documento de Control y Seguimiento de Residuos» asociado a la misma que se incluye en este cuadernillo, con los datos relativos al gestor de destino, al transportista y al residuo, cuya cantidad total deberá coincidir con la reflejada en la «Hoja de Control de Pequeñas de Cantidades de Residuos».

– En todo caso deberá existir correspondencia entre la numeración de los diferentes documentos implicados en la gestión de pequeñas cantidades de residuos.

B) Tramitación de documentos.

«Hoja de Control de Pequeñas Cantidades de Residuos»

. Ejemplar rojo: El gestor que asume la titularidad del residuo lo conservará en su archivo durante al menos cinco (5) años.

. Ejemplar amarillo: El transportista lo conservará en su archivo durante al menos cinco (5) años.

. Ejemplar verde: El gestor que asume la titularidad del residuo lo enviará al órgano ambiental de la Comunidad de Madrid, para su posterior remisión al MIMAM, en los diez (10) primeros días del mes siguiente a su utilización junto con los ejemplares blanco y verde del documento de control y seguimiento asociado.

. Ejemplar azul: El gestor que asume la titularidad del residuo lo enviará al organo ambiental de la Comunidad de Madrid, en los diez(10) primeros días del mes siguiente a su utilización junto con los ejemplares rosa, amarillo, y azul del documento de control y seguimiento asociado.

«Justificante de entrega de Residuos»

El productor lo conservará para su archivo durante al menos cinco (5) años.

Además de este uso nos basamos en el valor catastral.

Por ejemplo un edificio de oficinas cuyo valor catastral supere los 16.900.000 € pagará 25000€ de tasas al año.

Uso catastral: OFICINAS Valor catastral: 10.000.000,00 Cuota de tasa de basuras: 14.810,00 €

Uso catastral: OFICINAS Valor catastral: 5.000.000,00 Cuota de tasas de recogida de basura: 7.405,00 €

Uso catastral: OFICINAS Valor catastral: 2.000.000,00 Cuota de tasas de recogida de basura: 2.962,00 €

Uso catastral: OFICINAS Valor catastral: 1.000.000,00 Cuota de tasas de recogida de basura: 1.481,00 €

Uso catastral: OFICINAS Valor catastral: 500.000,00 Cuota de tasas de recogida de basura:531,00 €

Se paga tanto % del valor catastral en determinadas franjas dependiendo de la actividad

Los residuos generados por las empresas tienen el código LEER 200301 llamado mezcla de residuos municipales, el gestor que retire dichos residuos tiene que estar dado de alta en medioambiente con ese código para poder retirarlo.

Nos adaptamos a sus necesidades