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Exención 1.1.3.6 - acicla-nueva
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Exención 1.1.3.6

1.1.3.6 Exenciones relacionadas con las cantidades transportadas por unidad de transporte.

El ADR 2009 dice que en la carta de porte acogida a esta exención deben figurar las cantidades por categoría de transporte y la frase «transporte que no excede los límites prescritos en 1.1.3.6», con la nueva normativa desaparece al existir la obligación de informar de las cantidades de las cantidades citadas.
1.1.3.6 Exenciones relacionadas con las cantidades trasportadas por unidad de trasporte.
1.1.3.6.2 A fines de la siguiente subsección, las mercancías, las MERCANCÍAS peligrosas estarán incluidas las categorías de transporte 0,1,2,3, o 4 como se indica en la columna (15) de la tabla A del capítulo 3.2. Los envases/embalajes vacíos, sin limpiar, que hayan contenido incluidas en la categoría de trasporte «0», también se regirán según la categoría de transporte «0». Los envases/embalajes vacíos sin limpiar que hayan contenido materias comprendidas en una categoría de transporte distinta a «0», se regirán según la cateroría de transporte «4».

Los transportes en exención parcial llebarán un extintor de 2 kg de capacidad y carta de porte. Debo poner la clase y los kilogramos, pero no hay que poner la frase obligatoria en el ADR 2007 «No sobrepasa los límites del 1.1.3.6»

No estarán sujetos a las disposiciones del ADR, cuando la cantidad de MERCANCÍAS peligrosas a bordo de una sola unidad de transporte no supere los valores indicados en la columna (3) del cuadro 1.1.3.6.3 para una categoría de transporte concreta.

Las mercancías de transporte estarán incluidas en las categorías de transporte 0, 1, 2, 3, 4.
Cuanto mayor es la categoría de transporte mayor el la cantidad de sustancia que se puede transportar en cantidad limitada, quitándonos así de cumplir con gran parte de las obligaciones de transporte ADR.

Un trailer tiene una misma unidad de carga y de transporte. Un tren de carretera es una misma unidad de transporte pero dos unidades de carga.

El que sigue es el cuadro 1.1.3.6.3 del ADR.

Nos adaptamos a sus necesidades